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Nueva normativa para las empresas del aceite de oliva

El Boletín Oficial del Estado núm. 209 de fecha 01 de septiembre de 2021 publica el Real Decreto 760/2021, de 31 de agosto, por el que se aprueba la norma de calidad de los aceites de oliva y de orujo de oliva, y por la que se regirán a partir de su entrada en vigor (al día siguiente de su publicación) las empresas que elaboren, distribuyan o comercialicen el aceite de oliva virgen extra y de orujo de oliva.

En este sentido, Los Ángeles, como las demás empresas o cooperativas deben adaptarse a la nueva normativa y tener presente que, en el citado real decreto, concretamente en su artículo 8, se determinan unas prácticas que quedan prohibidas, y que taxativamente son las siguientes:

Se prohíbe:

  • La elaboración en territorio español para consumo interno de mezclas de aceites de oliva y de orujo de oliva con otros aceites o grasas de origen vegetal a las que hace referencia el último párrafo del apartado 1 del art. 6 del Reglamento de ejecución (UE) 29/2012, sobre las normas de comercialización del aceite de oliva. Dichas mezclas no podrán comercializarse bajo ninguna denominación de alimento, para evitar que puedan confundirse con los aceites de oliva y de orujo de oliva de la presente norma.
  • La elaboración en territorio español para su comercialización en el mercado nacional utilizando el término “virgen” o “virgen extra” en el etiquetado, de productos alimenticios de apariencia oleosa que puedan confundirse con los aceites de oliva de la presente norma, tales como aceites, condimentos, aderezos, productos similares, sin perjuicio de lo establecido en la cláusula de reconocimiento mutuo.
  • El trasvase o rellenado de recipientes o envases destinados al consumidor final, de aceite de oliva y de orujo de oliva en las colectividades.
  • Que las mezclas de aceites de oliva vírgenes previamente clasificados, se clasifiquen con una categoría superior a la del aceite de menor categoría utilizado.
  • Que, en las almazaras, almacenes y las envasadoras de aceite de oliva virgen se disponga de instalaciones y medios técnicos específicos para la desodorización y/o cualquier otra etapa o forma de refinación de aceites.
  • Que las almazaras reciban o procesen orujos procedentes de otras almazaras.
  • El deposito, almacenamiento y transporte de aceites de oliva y de orujo de oliva que no estén debidamente identificados con la categoría de producto que les corresponde, excepto en las almazaras, cuya clasificación en ese caso vendrá dada antes de su expedición.

Así mismo en las instalaciones destinadas a la obtención de aceite de oliva y de orujo de oliva, queda prohibido:

  • El lavado alcalino de los aceites, excepto en las refinerías.
  • La extracción o refinación de aceites de oliva y de orujo de oliva, por procedimientos, disolventes o coadyuvantes distintos de los autorizados, así como la adición de aceites industriales, minerales, esterificados o de síntesis.
  • La realización de procesos de esterificación o cualquier práctica que pueda alterar la estructura glicerídica del aceite.
  • El tratamiento de los aceites con aire, oxígeno, ozono u otras sustancias químicas oxidantes salvo el necesario para el bombeo en los trasiegos, la inertización de envases y depósitos y homogenización mediante nitrógeno u otros gases inertes, sin perjuicio de la legislación de la Unión Europea.
  • La tenencia o manipulación en las instalaciones dedicadas a la extracción, refinación, envasado o almacenamiento a granel de aceites de oliva y de orujo de oliva, de glicerina, grasas o aceites animales, vegetales, industriales o de síntesis y de cualquier sustancia no autorizada, cuyo empleo no esté autorizado ni justificado.
  • En las almazaras, la re-centrifugación en proceso no continuo de las masas procedentes de los sistemas de obtención de aceite de oliva virgen, para evitar su fermentación. Únicamente podrá realizarse la re-centrifugación de las masas procedentes de los sistemas de obtención de aceite de oliva virgen después del termobatido de las mismas, en proceso continuo y, en ningún caso se permite la re-centrifugación de las masas u orujos procedentes de depósitos o balsas de almacenamiento.

Las catas llegan a los aceites de oliva

Al igual que en el mundo del vino, en el mundo del aceite de oliva, se realizan catas para analizar sensorialmente el producto y descubrir una pluralidad de matices a través de la vista, el olfato y el gusto. En este sentido, las cooperativas y las empresas del sector sacan a relucir sus mejores productos para que los visitantes puedan disfrutar de la experiencia de una cata de un producto tan exclusivo como nuestro.

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